Recuperamos el pie de tu promesa de compraventa vía SERNAC — sin juicios largos, sin abogados caros. Solo pagas comisión de éxito si recuperamos tu dinero.
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La Ley de Protección al Consumidor y el Código Civil te protegen en más situaciones de las que crees. Si reconoces tu caso en alguna de estas causales, tienes fundamento legal.
No aceptes pesos nominales: muchas inmobiliarias ofrecen devolver exactamente lo que pagaste hace 2 o 3 años. Con la inflación acumulada en Chile, ese dinero vale significativamente menos. Exigimos la devolución en UF o con reajuste IPC — para que recuperes el valor real de tu ahorro, no solo el número.
Privilegiamos siempre la vía administrativa. Llegar a tribunales es la última opción, no la primera.
Compartimos el riesgo contigo. El fee inicial cubre el análisis jurídico. El resto, solo si recuperamos tu dinero.
Respuestas directas a las preguntas que más nos hacen antes de contratar.
Más frecuente de lo que parece. El Art. 138 bis LGUC exige que toda inmobiliaria que reciba pagos a título de promesa garantice esos fondos con una póliza de seguro o boleta bancaria. El notario debió verificarlo al autorizar la promesa.
Si detectamos que captaron tu dinero sin esta garantía, disponemos de un mecanismo de presión adicional: la denuncia ante la Dirección de Obras Municipales (DOM). Esa amenaza es, en muchos casos, más efectiva que el SERNAC.
En casos de quiebra, el reclamo SERNAC no sirve. Explicamos cómo verificar el crédito en el proceso concursal para que seas considerado acreedor preferente — eso puede ser la diferencia entre recuperar algo o nada.
El mandato para uso de ClaveÚnica está formalizado en un Contrato de Mandato Especial con cláusula de confidencialidad que limita el uso exclusivamente al trámite SERNAC. Tu abogada es responsable legalmente del buen uso.
Evaluamos si tienes bases jurídicas para recuperar tu pie —sin compromisos y sin letra chica. Si el caso no es viable, también te lo decimos.